Más de un ‘método de pago’ en un CFDI ¿Cómo se plasma?

Una operación puede ser liquidada con más de una forma de pago.

A partir del 15 de julio de 2016 entra en vigor la obligación de incluir en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) el método de pago con el que fue liquidada la operación que ampara dicho comprobante.
Como había sido informado en repetidas ocasiones por Fiscalia, hasta el 14 de julio los contribuyentes pueden indicar en su CFDI el método de pago correspondiente, para lo cual el CFDI cuenta con un campo abierto de texto en donde cada contribuyente puede incluir leyendas libres como «cheque», «depósito», «transferencia electrónica», etc., según sus usos y costumbre.

Con la reforma a la Regla Miscelánea 2016 2.7.1.32., en vigor a partir del 15 de julio, cuando el contribuyente no sea elegible para aplicar la facilidad de señalar la expresión «NA» en ese campo, deben utilizar las claves del método de pago que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha establecido mediante el catálogo que a continuación se reproduce:

Clave Concepto
01      Efectivo
02      Cheque
03      Transferencia
04      Tarjetas de crédito
05     Monederos electrónicos
06     Dinero electrónico
08     Vales de despensa
28     Tarjeta de Débito
29     Tarjeta de Servicio
99     Otros

Ahora bien, existen casos en que la operación es liquidada con más de un medio de pago, por lo que surge la interrogante de cómo es que esta información se plasmará en el CFDI.
Al respecto, el SAT ha informado a través de su página de Internet que «en caso de aplicar más de una forma de pago en una transacción, deberá seleccionarse cada una de las claves, empezando por la que corresponda a la forma con la que se liquida la mayor cantidad del pago y así sucesivamente hasta llegar al final a la forma con el que se liquida la menor cantidad del pago, separadas por una coma (,)».
El problema que subsiste, y que no ha sido precisado por el SAT, es en una publicación la autoridad indica que lo que se va a plasmar es la clave,
mientras en otra publicación indica que lo que se plasmará es la leyenda.
Esta y otras dudas hacen que los contribuyentes no tengan la certeza de la
forma correcta en que deberán cumplir con esta información, por lo que aún
es necesario que el SAT precise el correcto operar de este mecanismo.

 

Fuente: http://www.fiscalia.com

Sustituye DF por CDMX en los CFDI de la aplicación del SAT

A través de una publicación en su página de Internet, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) responde a la pregunta frecuente de cómo sustituir el Distrito Federal por Ciudad de México en la aplicación gratuita del SAT para emitir
facturas.
La respuesta del SAT es la siguiente:

Si en tus datos como emisor de facturas aparece Distrito Federal debes actualizar el campo Estado. En la pestaña Generación de CFDI ingresa a Configuración de datos y haz el cambio en el campo Estado.
Verifica que Distrito Federal no aparezca tampoco en el campo Localidad y da clic en Guardar.

Cabe resaltar que la obligación de utilizar Cuidad de México en lugar de Distrito Federal comienza el 1 de febrero de 2017, pero es necesario que los proveedores de sistemas de facturación electrónica, o que las propias empresas, realicen los cambios en sus sistemas con prontitud, y evitar así problemas de última hora.
Al día de hoy, los contribuyentes ya pueden utilizar Ciudad de México en lugar de Distrito Federal si es que sus sistemas ya se encuentran adaptados para este cambio.

 

Fuente: http://www.fiscalia.com