Criterios normativos del IMSS

Da a conocer el Instituto criterios en torno a la integración salarial.

A través de una circular fechada el 13 de agosto de 2014, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) da a conocer un par de criterios normativos relativos a la integración salarial de algunos de los conceptos que se entregan a los trabajadores, plasmando el criterio de esta autoridad.
El documento tiene codificados dos criterios, que son:
01/2014. Cantidades de dinero entregadas en efectivo o depositadas en la cuenta de los trabajadores, nominadas bajo cualquier concepto que pueda considerarse de previsión social, integran al salario base de cotización de conformidad con el primer párrafo del artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
2/2014. Cantidades de dinero entregadas en efectivo o depositadas en la cuenta de los trabajadores, nominadas como alimentación o habitación, integran al salario base de cotización de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del citado
artículo 27.
Estos son los únicos dos criterios dados a conocer en este documento, el cual se transcribe a continuación, y donde viene la explicación de cada criterio.

INSTITUTO MEXICANODEL SEGUROSOCIAL
DIRECCIÓN DE INCORPORACIÓN Y RECAUDACIÓN
\’2014,Año de Octavio Paz\»
México, D.F., a 13 de agosto de 2014
Oficio Circular N° 09 52 17 9000/ 27
CC. Delegados Estatales, Regionales
y del DistritoFederal
P r e s e n t e s

Con fundamento en lo establecido en los artículos 2, fracción V, 3, fracción II, inciso c), 5, 6, fracción II, y 71 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y en relación con el 35 del Código Fiscal de la Federación, que otorgan a esta Dirección la facultad de dictar y establecer lineamientos, disposiciones y criterios en materia de incorporación, fiscalización y recaudación que serán de observancia general y obligatoria para los órganos de operación administrativa desconcentrada y
operativos del Instituto, se hacen de su conocimiento los siguientes criterios normativos:01/2014. Cantidades de dinero entregadas en efectivo o depositadas en la cuenta de los trabajadores, nominadas bajo cualquier concepto que pueda considerarse de previsión social, integran al salariobase de cotización de conformidad con el primer párrafo del artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
El artículo 27, primer párrafo, de la Ley del Seguro Social dispone lo siguiente: \»El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo%u2026\’.
El Instituto Mexicano del Seguro Social ha detectado que existen patrones que entregan efectivo o depositan cantidades de dinero en las cuentas de sus trabajadores, etiquetándolas en la contabilidad y en los recibos de nómina como algún concepto que pueda considerarse de previsión social, sin integrarlas al salario base de cotización; sin embargo, no existe evidencia de que dichos recursos hayan sido destinados para los fines sociales de carácter sindical a que se refiere el supuesto de exclusión establecido en la fracción II, última parte, del artículo 27 de la Ley del Seguro Social. Lo anterior se considera una práctica indebida, ya que la entrega de dinero a los trabajadores no permite identificar el destino que se le dará a los recursos y por tanto no se actualiza la veracidad y demostrabilidad del concepto, toda vez que las prestaciones de este tipo no tienen un fin definido, de manera que para evitar una entrega simulada, se considera que dicho destino debe comprobarse.
Esto es así ya que el dinero entregado implica un beneficio económico para el trabajador derivado de la prestación de un servicio personal subordinada (trabajo) y su destino es indefinido; por tanto, al tratarse de dinero en efectivo no es posible demostrar que efectivamente se actualizó el destino para fines sociales de carácter sindical, en términos de lo establecido en la fracción II, última parte, del artículo 27 de la Ley del Seguro Social, ya que lo único que se acredita es la entrega de dinero y la misma deriva de la relación laboral del patrón con el trabajador.

En este sentido, se estima necesario que se compruebe que esos recursos fueron efectivamente destinados para los fines sociales de carácter sindical previstos en la fracción II citada, es decir, que se acredite la existencia de la prestación, ya que no es suficiente que nominalmente se le considere un pago por concepto de previsión social, sin acreditar que efectivamente se destinó para la obtención de una prestación de esa naturaleza.
En este orden de ideas, las cantidades otorgadas por el patrón denominadas bajo algún supuesto concepto de previsión social, sólo podrán excluirse del salario base de cotización en términos de lo previsto en la fracción II, última parte, del artículo 27 de la Ley
del Seguro Social, si el patrón acredita lo siguiente:
1. Que las prestaciones se otorgan de manera general en beneficio de todos los
trabajadores;
2. Que las mismas se encuentran establecidas en los contratos colectivos de trabajo
o contratos ley;
3. Que no se entregue el dinero en efectivo ni mediante depósitos a la cuenta de los
trabajadores, salvo que se trate de reembolsos por pagos efectuados previamente
por el trabajador por la prestación de que se trate, y
4. Que en todos los casos, se demuestre que los recursos otorgados fueron
utilizados para los fines sociales establecidos en los mencionados contratos.
En caso de no acreditarse los supuestos y el destino mencionados, fas cantidades de
dinero entregadas a los trabajadores nominadas como un supuesto concepto de
previsión social, actualizaran la hipótesis señalada por el primer párrafo del artículo 27 de
la Ley del Seguro Social, por lo que deberán integrarse al salario base de cotización.
02/2014. Cantidades de dineroentregadas en efectivoodepositadas en la cuenta de
los trabajadores, nominadas comoalimentación ohabitación, integran al salario
base de cotización de conformidad con loestablecidoen el primer párrafodel citado
artículo27.
El artículo 27, primer párrafo, de la Ley del Seguro Social dispone lo siguiente: \»EI salariobase de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo …\».

El Instituto Mexicano del Seguro Social ha detectado que existen patrones que entregan efectivo o depositan cantidades de dinero en las cuentas de sus trabajadores, etiquetándolas en la contabilidad y en los recibos de nómina como alimentos o habitación, sin integrarlas al salario base de cotización; sin embargo, no existe evidencia de que dichos recursos hayan sido destinados para la alimentación o habitación de los trabajadores.
Al respecto, la retención de al menos el 20% del salario mínimo general diario que rige en el Distrito Federal, por estos conceptos, por sí sola no acredita el supuesto de exclusión en términos de la fracción V del artículo 27 de la Ley del Seguro Social, en virtud de que dicha fracción debe entenderse como el otorgamiento de bienes en especie, por los cuales el trabajador realice un pago..

Lo anterior se considera una práctica indebida, ya que la entrega de dinero a los trabajadores implica un beneficio económico para los mismos derivado de la prestación de un servicio personal subordinado (trabajo) y no permite identificar el destino que se dará a los recursos, por lo que no es posible acreditar la veracidad y demostrabilidad del concepto y lo único que evidencia es la entrega de dinero que deriva de la relación laboral del patrón con el trabajador, la cual es integrable al salario en términos del primer párrafo del mencionado artículo 27.

Por lo anterior, las prestaciones etiquetadas como alimentación o habitación, únicamente podrán excluirse del salario base de cotización en términos de lo previsto en la fracción V del artículo 27 de la Ley del Seguro Social, si se acredita lo siguiente:
1. Que las mismas se otorgaron de forma onerosa en términos de lo establecido en
dicha fracción;
2. Que no se entrega el dinero en efectivo ni mediante depósitos a la cuenta de los
trabajadores, y
3. Que se demuestre que los recursos erogados fueron efectivamente utilizados para
los fines de alimentación o habitación.

En caso de no acreditarse los supuestos y el destino mencionados, las cantidades de dinero entregadas a los trabajadores ominadas como alimentación u hospedaje, actualizarán la hipótesis señalada por el primer párrafo del artículo 27 de la Ley del Seguro Social, por lo que deberán integrarse al salario base de cotización.
Agradeceré a Ustedes instruir a los Titulares de las Jefaturas de Servicios deAfiliación y Cobranza, así como a los Subdelegados de su circunscripción, que difundan los Criterios Normativos establecidos en el presente Oficio Circular a los Jefes de Departamento de Supervisión deAuditoría a Patrones, Jefes de Departamento deAuditoria a Patrones y demás personal competente en las Subdelegaciones para su observancia en el ejercicio de sus atribuciones.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarles un cordial saludo.
(Firmado)
Tuffic Miguel Ortega
Director
C.c.p. Jorge Eduardo Kim Villatoro. Director Jurídico
Luis Gerardo Magaña Zaga Titular de la Unidad de Servicios Estratégicos
JoséArturo Lozano Enríquez. Titular de la Unidad de Fiscalización y Cobranza
Norma Gabriela López Castañeda. Titular de la Unidad de Incorporación al Seguro social.
EréndiraAlejandra López Castro. Titular de la Coordinación deAsistencia legal.
Carlos Enrique Borja Duarte. Titular de la Coordinación de Control de Obligaciones.
Francisco Ernesto Padilla Camacho. Titular de la Coordinación de Fiscalización.
Samuel Oswaldo Frías Castillo. Titular de la Coordinación de Corrección y Dictamen.
Pablo Corral Sánchez. Titular de la Coordinación de Supervisión a la Operación de Nivel
Desconcentrado.

Los criterios del IMSS que se vayan dando a conocer se irán incorporando a los existentes, que están disponibles en el módulo Legislación de Fiscalia, en el apartado Criterios normativos del IMSS.

© Fiscalia ® | http://www.fiscalia.com

 

Inyecta energía a tus juntas de trabajo

Define el objetivo de la reunión, motiva a tus colaboradores para que participen y lleva la batuta en todo
momento.

Escrito por: Ross McCammon
Las tres virtudes más importantes de las reuniones de trabajo son: a) puntualidad (obviamente), b) orden (representado por la agenda) y c) energía.
Este artículo trata acerca de la energía. Sin embargo, ésta se ha convertido en sinónimo de:
—¡Arriba!
—¡Hola!
—¿Qué tal una taza de café, David?
—¿NO?
—Bueno, ¿entonces, qué tal, vengan esos cinco?
Proyectar energía positiva durante una junta es complicado. Si se te pasa la mano, terminas viéndote como un chiflado parecido a Bob Esponja. Si te quedas corto, te ves como un personaje aburrido semejante a Calamardo.
(Nota: si tienes más de 11 años, no hagas referencias a Bob Esponja en tus intervenciones durante las juntas.)

A menudo, la energía positiva contradice la seriedad de la tarea en cuestión. La seriedad también puede ser energizante. La clave es no ser ni histriónico ni solemne, sino auténtico. Para explicarlo con más autenticidad:
“siempre que tratas de hacer algo porque lo leíste en un libro de management, es la hora en que pareces un tonto”, dice Greg Tseng, cofundador y CEO de Tagged, una red social para conocer gente nueva.

Quizá no debas seguir estas sugerencias generales demasiado al pie de la letra (a pesar de este artículo). Muchos de los libros sobre management abordan el tema sobre cómo motivar a tu equipo de trabajo; no obstante, tal como sucede con cualquier instrucción que se incluya en un título de este tipo, debes tomar distancia hasta donde sea necesario. De otra manera, aun si no acabas viéndote como un tonto, probablemente te verás un poquito fuera de lugar.

Si eres todo sonrisas y “piquete de ombligos”, entonces no parecerá que estás presente en la junta. Estarás en la
habitación, pero tu actitud parecerá estar en alguna otra parte, quizá en una habitación más feliz y divertida, aunque
de todas maneras en la habitación equivocada.

La energía súper positiva pasa por alto otro principio básico: “a la gente no le gustan las juntas”, señala Alexandra Luong, profesora asociada, directora de estudios de posgrado en psicología en la Universidad de Minnesota Duluth y especialista en las emociones en el lugar de trabajo. (Nota: tu tendencia a odiar las reuniones de trabajo está avalada por la ciencia. No te sientas culpable.)
Por tanto, “asegúrate de que la gente que aporta algo durante las juntas, sepa que se encuentra ahí contigo”, la experta. En ocasiones, a esto se le conoce como “presencia” e implica dar señales que le indiquen a las personas que estás escuchando. Y no hay nada más energizante que tener los ojos de alguien fijos en ti mientras hablas.
Si bien podría resultar un poco intimidante, no olvides que las reuniones deben resultar un poco intimidantes porque siempre hay algo en juego. Si alguien está hablando en una junta, debe ser simultáneamente estimulado y desafiado. Mientras que lo único que debes hacer es engancharte con lo que dicen. Eso crea una fricción momentánea, y ésta –más que un pobre intento de echar porras– crea energía.

Señales para tener en cuenta
La energía implica contacto visual, y el contacto implica el reconocimiento de que alguien está diciendo algo importante. Si uno de tus colaboradores no puede tomar la palabra –por ejemplo, un asistente–, hay que acallar a los demás en la sala para que esa persona pueda ser escuchada. Cuando ayudas a alguien a expresarse de esa manera construyes confianza y estableces una paridad. En la práctica, te estás comportando con autoridad y generosidad al mismo tiempo.

Pero esas son minucias. Lo que ocurre en una junta es algo micro; el éxito de la reunión y la energía que de ello se desprende es algo macro. El contexto de la junta es por lo menos tan importante como la forma en que ésta se conduce.

Cuando hablamos de reuniones con Mark Johnson, CEO de la aplicación Zite –que personaliza y agrega noticias–, éste comentó: “las juntas de los lunes resultan mucho mejor si se hacen después del almuerzo que si se llevan a cabo por la mañana, cuando todo el mundo está todavía acostumbrándose al hecho de que se encuentra en el trabajo (el lunes por la mañana) en vez de estar disfrutando de un delicioso fin de semana”.
Aquí otros cuantos elementos contextuales que contribuyen a una buena energía:
– Comienza y concluye las juntas a tiempo.
– Sé positivo y, en ocasiones, extremadamente positivo.
– Sé extremadamente claro acerca de lo que quieres que la gente analice antes de la reunión.
– No organices tu junta semanal a las 8:00 a.m. del lunes o a las 5:00 p.m. del viernes. (Nota: ¿por qué los empresarios novatos siempre programan así las reuniones con sus equipos de trabajo?)

Fuente: http://www.soyentrepreneur.com/26977-inyecta-energia-a-tus-juntas-de-trabajo.html

PROCEDIMIENTO CÁLCULO DE PTU 2013 PROSESO SQL

La finalidad del procedimiento de cálculo de P.T.U. es indicarle al usuario paso a paso la forma correcta de realizar la nómina especial de Reparto de
Utilidades.

PASOS PARA EL CÁLCULO DE PTU VERSIÓN SQL SERVER

1. Cree su periodo especial de PTU, un periodo por cada tipo de nómina.
a. Ingrese al menú Nóminas -> Catálogos -> Periodos de nómina.
b. De clic en el icono de agregar un nuevo Registro .
c. Capture la información requerida:
i. Clave del periodo
ii. Tipo de periodo (PTU)
iii. Descripción (PTU EJERCICIO 2014)
iv. Tipo de nómina (Semanal, Quincenal)
v. Fecha inicial del periodo (Debe ser: 15/05/2014)
vi. Fecha final del periodo (Debe ser: 15/05/2014)
Se registran las fechas de todo el ejercicio 2013 para que el proceso de distribución de PTU contemple a
todos los trabajadores que estuvieron vigentes durante el año.
vii. Días del periodo (cero)
viii. Mes de acumulación (Mayo)
ix. Año de acumulación (2014)
x. Mes de acumulación para IETU (Vacío)
xi. Fecha inicial de incidencias (15/05/2014)
xii. Fecha final de incidencias (15/05/2014)
xiii. Consideraciones (Activar Especial 1 y Especial 2)
2. Seleccionar el periodo creado.
3. Diríjase en el módulo de nómina a la opción: Reportes -> Fin de Año -> Cálculo de PTU.
4. Capture los parámetros necesarios para la distribución del ptu, recuerde que se distribuye en base al año anterior, en este caso el 2013.

De clic en Aceptar y permita que el sistema realice la distribución del PTU.
En la pantalla usted podrá visualizar la distribución hecha por el sistema, esta puede ser exportada a Excel, para realizar los procesos de validación de
la misma.
5. Una vez comprobado el proceso de distribución, realice la afectación del periodo, de la siguiente forma:
a. De clic en el icono para capturar los valores de afectación.
b. Seleccione el tipo de nómina que va afectar.
c. Seleccione el periodo de afectación.
d. Seleccione el concepto donde se grabará la información (Consultar la clave en el catálogo de conceptos de nómina).
Nota: El procedimiento de distribución de P.T.U. solo calcula los importes que le corresponden a cada trabajador y afecta las
capturas del periodo correspondiente. Posteriormente a este paso se debe de generar el reporte de cálculo de P.T.U. que va a
generar los impuestos a pagar en base al importe previamente afectado.
6. Revisar en el kardex de captura de percepciones por concepto que la suma de la captura 1 y captura 2 del concepto de PTU de cada nómina
sea igual al monto a repartir.
7. Para realizar el cálculo de impuesto del ptu, debe ir al menú:
a. Nóminas -> Utilerías -> Reporteador Proseso.
b. Ingresar a su carpeta de Fin de Año.
c. Ejecutar su reporte: _calculo_ptu.sss
d. Una vez que valide la información, corra nuevamente su reporte Afectando la nómina, con ello se grabarán los montos de ISR,
Percepciones y deducciones.
8. Por último ya puede proceder a generar sus reportes, de lista de raya, y recibos.

Nota: Si durante el proceso de cálculo de P.T.U. tiene alguna duda favor de comunicarse al departamento de Atención a clientes para que se le brinde el apoyo necesario para su elaboración a través de nuestro correo electrónico soporte@proseso.mx o al Teléfono 01 (33) 3121 7691

AVISO IMPORTANTE:

RECUERDA CORRER TU REPORTE DE “CUADRE DE NÓMINA TIMBRADO” Y VERIFICAR LOS EXENTOS ANTES DE EMITIR LOS CFDI DE TU NÓMINA ESPECIAL DE PTU ANTE HACIENDA.

Reparto de Utilidades

“Se acerca el reparto de utilidades, recuerda que es necesario revisar y validar tus acumulados de nómina del ejercicio anterior, para la correcta distribución del mismo”.

¿Conoces el  reparto de utilidades?

Si no es así, aquí te detallamos más información  acerca del mismo.

¿Qué es el reparto de utilidades?

Es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

¿Cómo se calcula el reparto de utilidades?

Para poder llegar a la cantidad que corresponde a cada trabajador, se debe considerar tanto el sueldo percibido como los días trabajados durante ese período. El monto a repartir se divide en dos: la primera mitad será distribuida entre los trabajadores de acuerdo a los días trabajados en el año y la segunda parte se aplicará proporcional al nivel de ingresos, es por ello, que es de suma importancia que los acumulados de nómina del ejercicio anterior estén correctos, para realizar la distribución de forma correcta entre los trabajadores.

Una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón formulará un proyecto que determine la participación de cada trabajador y lo fijará en un lugar visible en el establecimiento. Para este fin, el patrón debe proporcionar los elementos necesarios para el cálculo del proyecto mencionado.

Si los representantes de los trabajadores y del patrón no se ponen de acuerdo, el Inspector de Trabajo tomará la decisión.

Los trabajadores tendrán un plazo de 15 días para hacer las observaciones que juzguen convenientes; Las objeciones serán resueltas por la comisión dentro de un plazo de quince días.

¿Si no soy trabajador de planta tengo derecho a participar de las utilidades?

Si trabajaste al menos 60 días durante el año a repartir, ya sea en forma continua o discontinua, debes recibir utilidades.

No importa si ya no trabajas ahí o tu contrato fue por obra o tiempo determinado, tienes un año -a partir de la fecha límite de entrega- para cobrar tus utilidades.

 

¿Quiénes NO están obligados a realizar el reparto de utilidades?

  • Las empresas de nueva creación
  • Las instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios;
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia;
  • Las empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

¿Quiénes NO tienen derecho a recibir esta prestación?

  • Los trabajadores domésticos;
  • Los trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de sesenta días en el ejercicio;
  • Directores, Administradores y Gerentes Generales, así como socios o accionistas de la empresa
  • Profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado

¿Cuándo debe efectuarse el Reparto de Utilidades?

Sesenta días después de  la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (31 de Marzo), por lo que en caso de Personas Morales del Régimen General a más tardar el 30 de Mayo deberá entregarse al trabajador su participación en las utilidades y el 29 de Junio para las Personas Físicas del Régimen General de las Actividades Empresariales.

¿Cómo sé si el lugar donde trabajo generó utilidades?

Los empleadores deben entregar a los representantes de los trabajadores una copia de la declaración fiscal anual, en la cual se señala el monto que corresponda a la participación de utilidades del ejercicio.

¿Tienes el Software de Proseso y tienes dudas de como revisar tus acumulados?

Contacta el departamento de Soporte Técnico para asesorarte referente a la revisión de acumulados y la corrección de los mismos.

Atentamente

Departamento de Soporte Técnico

\"soporte

Póliza de Soporte, conoce sus ventajas.

La efectividad de una solución es comúnmente medida por la rapidez en el soporte técnico
requerido para mantenerla en uso.

Siendo los creadores de las herramientas aplicativas utilizadas, tenemos un interés genuino en su funcionamiento y administración adecuada, siempre con el compromiso de mantener un enfoque pro-activo a los problemas potenciales en lugar de simplemente estar reaccionando a los problemas que se presentan.

 

Es por eso que PROSESO ha incorporado a su área de soporte una red global privada “Webex Support Center” y “Webex Meeting” para ofrecer a nuestros clientes una solución más rápida con el soporte y capacitación de acceso remoto.

Beneficios

 

  • Soporte telefónico y por email.
  • Asesoría en oficinas del cliente.
  • Asesoría a través de conexiones remotas.
  • Descuento de 30% en las capacitaciones de nuestros sistemas.
  • Precio preferencial en los cursos promovidos por nuestra empresa.

 

Al contratar nuestras pólizas de soporte nuestros  clientes tendrán derecho a los siguientes  servicios:

 

  • Instalación y configuración de hardware vendido por nuestra empresa.
  • Instalación y configuración de la base de datos SQL Server.
  • Instalación y configuración de las aplicaciones de Proseso.
  • Asesoría en procedimientos especiales (Declaraciones informativas, PTU, Aguinaldo, Ajustes Ispt).
  • Asesoría en el proceso de elaboración de nómina (Cálculo, Finiquitos, Transferencia bancaria, Variables).
  • Elaboración o modificaciones de reportes.
  • Cambios en las políticas de pago.

 

Políticas de soporte:

  • El tiempo aplicado en asesorías, se irá disminuyendo del número de horas contratado en la póliza de soporte.
  • En el caso de visitas a las oficinas del cliente, el tiempo mínimo a aplicar es de 1 hora de asesoría.
  • En el caso de visitas a las oficinas de clientes ubicados fuera de la Zona Metropolitana de Guadalajara, los

viáticos corren por cuenta del cliente.

  • En las conexiones remotas, no hay mínimo de tiempo por lo que se aplicara el tiempo real.
  • En las conexiones remotas, una vez cerrado el ticket se dará aviso al usuario que solicito el soporte, el tiempo que se aplicara al servicio.

soporte collage

¿Conoces el Módulo Nómina de Proseso?

\"ICONOEl módulo de Nómina de la Suite Proseso es una aplicación diseñada para eficientar el proceso de cálculo de la nómina logrando parametrizar y adaptar el sistema para tomar las políticas de pago de acuerdo a las necesidades de cada cliente, cuidando siempre cumplir con los aspectos fiscales.

Por otro lado permite la generación de los reportes básicos para el proceso de la nómina como son los récibos, transferencias bancarias, acumulados,etc., sin perder la flexibilidad de poder crear reportes especiales que cumplan con los más altos estandarés de detalle o diseño de acuerdo a las necesidades de información de cada empresa.

Funcionalidad del Sistema

1. Diferentes tipos de nómina:
El sistema te permite configurar diferentes tipos de pago entre los que destacan los periodos semanales, catorcenales, quincenales y mensuales.

2. Configuración de políticas de pago:
La adaptación del sistema permite que las políticas de pago se adecuen para que cumplan con las necesidades de cada empresa con lo que se evita tener que calcular información por fuera para poder realizar el cálculo de la nómina.

3. Administración de préstamos:
Dentro de las características primordiales de la nómina se encuentra la administración de préstamos, caja y fondo de ahorro, en donde el sistema te permite llevar de forma automática los descuentos y saldos de los conceptos de préstamos y las aportaciones de caja y fondo de ahorro.
4. Nóminas especiales:
Además de los procesos ordinarios de nómina puedes elaborar nóminas especiales para el pago de Aguinaldos, Reparto de utilidades, Devoluciones de fondo y Caja de ahorro, Finiquitos, Etc…

5. Nóminas negativas:
En caso de ser necesario cancelar algun recibo de nómina existe un procedimiento para darle reversa al recibo en otro periodo de pago y así cancelar el movimiento dentro de los acumulados.

6. Cálculo de finiquitos:
En el reporte de finiquitos se pueden hacer proyecciones de cálculos de liquidaciones y en caso de ser necesario acumularlos dentro de un periodo especial para su acumulación.

7. Cálculo de provisiones:
Para llevar un control adecuado del gasto, el sistema calcula junto con el cálculo de la nómina las provisiones de las cargas patronales del IMSS e INFONAVIT, así como las provisiones del pago de aguinaldos y primas vacacionales.

8. Reportes básicos:
Para poder explotar la información, el sistema viene preconfigurado con una serie de reportes básicos los cuales tienen la flexibilidad de poder agrupar, filtrar y exportar a diferentes formatos como Txt, Excel, Pdf, entre otros más.

9. Reporteador Gráfico:
Para las empresas que necesitan elaborar sus propios reportes el sistema viene integrado con un reporteador gráfico, en el cual los usuarios pueden hacer de una forma sencilla nuevos reportes y dejarlos guardados para su uso.